El Salvador modifica regulación de KYC para pagos con bitcoin
Se realizó la actualización de ley que obligaba a aplicar el protocolo “conoce a tu cliente” (KYC) en compras de bitcoin de USD 200 dólares o más, informó La Oficina Nacional Bitcoin (ONBTC) de El Salvador.
La asamblea legislativa de El Salvador confirmó la reforma del código tributario, de manera que solo las compras con bitcoin iguales o mayores a 25.000 dólares están obligadas a realizar KYC. El 27 de febrero del 2024, la ONBTC anunció que dicha actualización de ley se realizaría dentro de los 10 días siguientes.
El Salvador continues to build upon our first mover advantage as the leading destination for new capital markets on #Bitcoin
We have now updated our KYC regulations and we will soon publish the amendment to the 2005 law related to collection of transaction data. https://t.co/VNcG0LQXXX
— The Bitcoin Office (@bitcoinofficesv) March 2, 2024
Como reportó CriptoNoticias, la ley anterior contemplaba el acceso del Ministerio de Finanzas a datos de transacciones a wallets de bitcoin y a compañías financieras. En respuesta a las quejas de distintos usuarios, la ONBTC aseguró que dicha ley tributaria, que data de 2005, era antigua y de “límites y requisitos obsoletos”.
La presteza en reformarla se debería a que el gobierno del país quiere seguir reforzando la incursión de mercados de capital en el país:
El Salvador continúa aprovechando nuestra ventaja de ser el primero en actuar como destino líder para nuevos mercados de capital en Bitcoin.
Oficina Nacional Bitcoin de El Salvador.
Se espera que la reforma tributaria respecto a transferencias y pagos con bitcoin se hagan públicas y legibles 8 días después del anunciode su actualización.
¿Qué novedades traerá la enmienda en la ley tributaria que afectó a Bitcoin?
Se sabe con seguridad que dicha enmienda aumenta a USD 25 mil los límites de transacción que obligan a realizar KYC. Según Stacy Herbert, miembro de la ONBTC, confirmó a CriptoNoticias, la modificación de la ley se hará en aras de preservar la privacidad. Por lo tanto, sigue abierta la posibilidad de que esta se extienda a otros artículos y disposiciones del código tributario.
De mantenerse igual, la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) seguirá teniendo poderes para solicitar a empresas y entidades supervisadas el acceso directo a todos los datos, informes o documentos sobre transacciones, además de derecho para compartirlos con otras entidades, nacionales o no.