Control

España multa con 150.000 euros los movimientos no justificados: ¿cómo queda bitcoin?

La Agencia Tributaria española está intensificando la vigilancia y el control con un paquete de medidas que incluye multas de hasta 150.000 euros (155.676 dólares) para quien realice movimientos bancarios no justificados, ya sean ingresos, retiros o transferencias. La medida, vigente desde el año 2023, abarca incluso operaciones en aplicaciones como el servicio de pagos móviles instantáneos Bizum, pero deja en un limbo regulatorio a las transacciones con criptomonedas como bitcoin (BTC).

De tal manera que el nuevo control contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales establece umbrales estrictos para detectar operaciones sospechosas y aplicar sanciones cuando los usuarios superen los límites establecidos. Entre estas medidas, los bancos están obligados a reportar ingresos en efectivo que superen los 1.000 euros, con la identificación obligatoria del titular de la cuenta. Además, deben informar sobre cualquier movimiento que exceda los 3.000 euros o que involucre billetes de 500 euros, debido a su asociación frecuente con actividades ilícitas, según reportes.

Otro umbral importante establecido es para préstamos o créditos que sobrepasen los 6.000 euros, los cuales también deben ser reportados. En cuanto a las transacciones en efectivo, cualquier operación que supere los 100.000 euros requiere el llenado y presentación del formulario S1 de la agencia tributaria.

Las sanciones por incumplir estas normativas están graduadas según la gravedad de la infracción. Para las infracciones leves, las multas pueden llegar hasta el 50% del monto no justificado. Las infracciones consideradas graves pueden acarrear sanciones que oscilan entre el 50% y el 100% del valor involucrado. Lo mismo sucede para los casos de fraude organizado, catalogados como muy graves, cuyas multas pueden alcanzar desde el 100% hasta el 150% del monto en cuestión.

El objetivo principal de este control es evitar el fraude fiscal y garantizar que los ingresos obtenidos, ya sea por actividades económicas o regalos significativos, sean debidamente declarados.

Incluso para pagos laborales informales Hacienda está poniendo especial atención, así que si se usa Bizum para cobrar trabajos ocasionales, será necesario incluir estos ingresos en la declaración de la renta. La ley permite a Hacienda solicitar información a los bancos y operadores financieros sobre los movimientos realizados por sus clientes, lo que incluye las transacciones realizadas mediante Bizum.

Bitcoin ¿refugio fiscal o también bajo vigilancia?

Mientras Hacienda vigila las operaciones con dinero fíat y los españoles enfrentan un escrutinio sin precedentes, las transacciones con bitcoin y otras criptomonedas permanecen en una zona gris, cada vez menos visible. Esto es debido a que España exige a los exchanges, como Bit2Me o Binance, que registren a sus usuarios y reporten movimientos sospechosos ante el Banco de España.

Como lo ha informado CriptoNoticias anteriormente, si las criptomonedas se adquieren en una plataforma con sede social y operatividad en España, estas empresas están obligadas a proporcionar al fisco toda la información relativa a sus usuarios españoles.

Todos estos requerimientos están disponibles gracias al KYC, las normas para conocer al cliente que aplican los exchanges centralizados, y que les permite acceder a datos sobre los usuarios de los siguientes servicios:

  • Intercambio entre criptomonedas y dinero fíat.
  • Salvaguarda de claves criptográficas en nombre de terceros para almacenar, mantener o transferir monedas.
  • Ofertas de nuevas monedas virtuales.
  • Operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia con monedas virtuales, así como de los cobros y pagos realizados con ellas.

Resalta la elevada cantidad de información sobre el ecosistema que Hacienda tiene a disposición, elevando el nivel de vigilancia impuesto por las autoridades españolas.

Sin embargo, hay una lista de exchanges de criptomonedas registrados como proveedores de servicios en el Banco de España, pero que no informan a Hacienda de los Modelos 172 y 173, ya que su sede fiscal no está en territorio español.

Los modelos 172 y 173 son presentados a Hacienda por los proveedores de servicios con activos virtuales, que tienen domicilio fiscal en España. El Modelo 172 es para informar los saldos que los clientes tenían en estos proveedores de servicios con criptoactivos hasta el 31 de diciembre del año anterior. Mientras que el Modelo 173 es para informar todos los movimientos realizados por los clientes en los proveedores de servicios con criptomonedas durante el año.

Por lo tanto, son más de 30 los exchanges de criptomonedas que no reportan esos modelos en España. Entre ellos están:

  • Crypto.com, con sede en Malta
  • Coinbase Europe Limited, con sede en Irlanda
  • Kraken: Payward Europe, con sede en Irlanda
  • Bitvavo B.V. (Paises Bajos)
  • Bitpanda GMBH (Austria)
  • Bistamp Europe, S.A. (Luxemburgo)
  • Revolut LTD. (Reino Unido)
  • Trade Republic Bank GMBH (República Federal Alemana)
  • Etoro (EUROPE) Digital Assets Limited (Chipre)
  • Gemini Intergalactic Europe Limited (Irlanda)
  • Blox B.V. (Paises Bajos)
  • Bitgo Europe GMBH (República Federal Alemana)
  • BTC Direct Europe B.V. (Paises Bajos)
  • Robinhood Europe UAB (Lituania)
  • Coinbase Custody International Limited (Irlanda)

Así que, mientras España afianza su red de control sobre el dinero fíat, bitcoin, por su naturaleza descentralizada, desafía los mecanismos de vigilancia actuales. Aunque los exchanges internacionales eluden hoy los reportes fiscales españoles, la regulación avanza en la Unión Europea, con esfuerzos para cerrar este vacío y homogeneizar la supervisión sobre el sector de las criptomonedas. Es por ello que en un mundo, cada vez más supervisado y bajo el control de los Estados, hay cientos de personas que prefieren vivir en una jungla de Bitcoin.

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